Hace unos días, saltó al noticia de que Eduardo Serrano, arquitecto malagueño de 55 años, llevó a los tribunales a la tienda de informática donde compraba habitualmente los CD’s entonces, en Junio de 2005. Serrano ganó y deberá cobrar la parte que pagó por el CD relativa al canon de la SGAE.
Ahora gracias a la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, se reabre el debate. La ley de propiedad intelectual, consiente hacer uno de soportes magnéticos para hacer copias de seguridad de datos privados y la Ley de Protección de Datos obliga a realizar tales copias.
Si es así, y las empresas están obligadas a realizar copias de seguridad de sus datos y cuando compran un CD concreto, sabe que la finalidad de ese CD es realizar esa copia ¿como entonces está obligada a pagar un canon por un supuesto uso que no le va a dar?
Hay jueces que ya piensan que el canon tal y como se lleva a cabo es ilegal.
Via Barrapunto , Derecho Internet







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