
Las imágenes que captan las cámaras de vídeo-vigilancia se consideran «datos de carácter personal» y deben destruirse en el plazo de un mes después de haber sido captadas.
Una instrucción que ha dictado la Agencia Española de Protección de Datos y que entra hoy en vigor, regula la captación y el tratamiento de los imágenes de videovigilancia ya que son entendidos como datos de caracter personal.
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