¿Foto de los trabajadores esta sujeta a LOPD?

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Leo este informe de la AGPD sobre la siguiente consulta:

La consulta plantea si la inclusión de una fotografía en las tarjeta identificativas de los trabajadores resulta conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal.

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SANCIÓN POR NO ACTUALIZAR LOS DATOS PERSONALES

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Ayer se publicó la siguiente noticia:

Expediente al Ayuntamiento de Huesca por no tener al día los datos de un ciudadano

FUENTE: http://www.heraldo.es/heraldo.html?noticia=214174

Los hechos que han dado origen a la apertura de este expediente, que podría ser el primero de estas características que se tramita contra el Ayuntamiento de Huesca, se remontan al 19 de enero de 2006. Ese día, el particular que ha presentado la denuncia y que prefiere guardar el anonimato, recibió una multa como titular de un coche que el 25 de octubre de 2005 estaba mal aparcado y del cual había sido propietario hasta el 6 de agosto de 2002, cuando lo vendió y transfirió como exige la ley.

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Jornada sobre Protección de Datos en Guadalajara

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Leo la siguiente noticia que me ha causado una gran impresión:

Fuente:http://lacronica.net/frontend/lacronica/La-LOPD–Protagonista-De-La-Segunda-Jornada-De-CEOE-CEPYME-Guadalajara-vn686221536-vst27

Dentro del IV Congreso Empresarial de CEOE-CEPYME Guadalajara se organizó una nueva jornada, en esta ocasión basada en la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Una Ley que, aún hoy, sigue siendo una gran desconocida para los usuarios, ya sean empresas o particulares.Se recordó que con la LOPD se han creado tres niveles de protección.

1. Genérico, que es el referido al nombre, número de teléfono o la dirección.

2. Medio, el que habla de los aspectos fiscales de la persona.

3. Superior, son los datos que se refieren a temas que tienen que ver con la sanidad, la creencia religiosa o la ideología política.

Si se incumple alguno de estos niveles las multas que se impongan pueden oscilar entre los 60.000 y los 600.000 euros. En la actualidad el 90% de las empresas no cumplen con las medidas adecuadas para la protección de datos de sus clientes y a veces cumplir con la ley es tan sencillo como cuando se manda un e-mail colectivo oponer las dirección de los contactos en el apartado CCO y no en CC.

Viendo el dato de las empresas que no cumplen con la Ley también hay que tener en cuenta que esto supone que son muy pocas las personas que denuncian el uso fraudulento de sus datos

Una jornada, organizada por CEOE-CEPYME Guadalajara, que resultó muy ilustrativa para todos los asistentes, los cuáles pudieron aprender las entrañas de la Ley Orgánica de Protección de Datos para así poder cumplir la Ley en su quehacer diario.

Jornadas de este tipo que suponen un coste mínimo en organización y dinero se deberían extender a todos las regiones, asociaciones empresariales, asministraciones públicas para mejorar en el cumplimiento de la LOPD


Publicidad en el Blog

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Quiero a gradecer a todos los que escriben sus comentarios en el blog, pero también quiero
dejar claro que el blog se hace entre todos y que los comentarios y dudas que surgan nos permiten mejorar y aprender sobre la LOPD.

Dicho esto me parece mal que se dejen comentarios publicitarios de empresas, si quieren aportar que escriban un comentario a algún post y luego dejen su actividad y a que se dedican,
asi los lectores los valoran más, y los dejaran de ver como simples mercaderes, APORTAR CONTENIDO por favor


EJEMPLO DE PHISING

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En uno de los últimos post hablaba de phising a través de correo electrónico, y algunos lectores me pedían un ejemplo, pues hoy he recibido un mail de una entidad bancaria donde nunca he tenido cuenta ni ninguna relación diciendome lo siguiente, por supuesto no hagais caso si estais en una situación parecida

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Los chinos quieren un Ley de Protección de Datos

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Fuente:http://spanish.china.org.cn/society/txt/2007-11/20/content_9259431.htm

Cerca de un 90 por ciento de los internautas chinos quieren un sistema legal que proteja la información personal de su difusión no autorizada, de acuerdo con una encuesta llevada a cabo por el diario “People’s Daily” y www. people.com.cn.

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Publicar listados de Maltratadores

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Leo la siguiente noticia:

La Agencia Vasca de Protección de Datos cree “ilegal” la lista de maltratadores de Barakaldo
No dudará en abrir un expediente si el Consistorio insiste en publicar las identidades en su web.

strong>La Agencia Vasca de Protección de Datos (AVPD) considera que la publicación de la identidad de los maltratadores en la página web de Barakaldo es “ilegal” y que de materializarse la pretensión del alcalde de Barakaldo -el socialista Tontxu Rodríguez- constituiría “una infracción muy grave” de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La complejidad de esta propuesta estriba en la diferencia existente entre la publicidad y la difusión de las sentencias judiciales. Según explicó Vicuña, las sentencias son públicas pero “eso no quiere decir que se puedan difundir”. De hecho, tanto la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Reglamento de Aspectos Accesorios del Consejo del Poder Judicial así como numerosos acuerdos del Poder Judicial mantienen que la difusión de las sentencias “no deben incluir ningún dato nominativo y así se viene haciendo desde hace un montón de años“. Esta postura coincide además con el Convenio 108 del Consejo de Europa y con la Directiva del área de Protección de Datos Personales. En opinión de Vicuña la jurisprudencia existente tiene su lógica ya que, independientemente del respeto que merecen las medidas para combatir la violencia de género “no se puede vulnerar los derechos fundamentales, incluidos los de los delincuentes“.

Por este motivo, de publicarse los nombres de los maltratadores se acabaría con el principio de reinserción del condenado. “Un juez no puede condenar a una persona a aparecer en Internet para su escarnio y los de sus herederos“.

Después de leer esta noticia, uno se posiciona rápido a favor o en contra, la violencia de genero es un tema muy complejo y sensible, y nada justifica el maltrato a una mujer, mi pregunta ahora es si la reinserción es posible? si una persona maltratadora es reincidente? que ocurriría de publicarse un listado?
Creo que deben tomarse otras medidas, de educación, de resprto, de concienciación antes de un listado


Entrevista con el ex director de la AGPD

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Buceando en internet y youtube me he encontrado una entrevista con D. Jose Luis Piñar, ex-director de la Agencia de Protección de Datos, se oye muy bajo.

A ver que os parece, es una entrevista muy general




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