¿Que es la Cesión de Datos?

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La LOPD la define como –“toda revelación de datos realizada por persona distinta del interesado”-. Este concepto recoge tanto la entrega, comunicación, consulta, transferencia, difusión o cualquier otra forma que facilite el acceso a los datos de un fichero a un tercero, distinto del interesado.


La Agencia contra Google y demás buscadores

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Ayer se publicó el informe de la AEPD sobre buscadores de internet y, cuya principal conclusión es que la AEPD requiere a los buscadores que limiten la conservación de datos y creen cláusulas útiles

Fuente: http://www.legalprotect.com/images/stories/declaracion_aepd_buscadores_internet.pdf

El informe completo lo podeis descargar en la siguiente dirección:

http://www.legal-protect.com/images/stories/declaracion_aepd_buscadores_internet.pdf

En posteriores posts hablaré sobre este informe


FECEMD y la Protección de Datos

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Leo la siguiente noticia:

La presidenta de la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD) dice “En España puede salir más barato atropellar a alguien que enviarle un email sin su consentimiento

Fuente:http://www.marketingdirecto.com/noticias/noticia.php?idnoticia=25701&titular=ELENA%20G%C3%93MEZ:%20′LAS%20EMPRESAS%20ESPA%C3%91OLAS%20SUFRIMOS%20UN%20C%C3%81NCER%20DE%20COMPETITIVIDAD’

La presidenta de la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD), Elena Gómez, lo ha dicho bien claro en la V Jornada de Protección de Datos y ante la mirada del director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Artemi Rallo: “Las empresas españolas sufrimos un cáncer de competitividad. Cada vez que viajo a otro país, no dan crédito de lo estricta que es nuestra ley y de lo cuantiosas que son nuestras multas“.

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ABORTO Y LEY PROTECCIÓN DATOS

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Perdonar por la tardanza en escribir pero motivos profesionales me lo han impedido.

Observando las noticias leo lo siguiente:
Fuente:http://www.madridiario.es/2007/Diciembre/madrid/madrid/50283/piden-investiguen-clinica-abortista-agencia-proteccion-datos.html

Piden a la Agencia de Protección de Datos que investigue la clínica abortista

La presidenta de la Asociación del Defensor del Paciente, Carmen Flores, ha enviado este miércoles una carta al director de la Agencia Española de Protección de Datos(AEPD), Artemi Rallo, en la que pide que abra una investigación de la clínica CB Medical, cerrada cautelarmente tras detectarse iregularidades.

Como he mencionado otras veces la grabación de imagenes sin consentimiento y más de un acto tan íntimo con el aborto requiere el consentimiento del afectado, veer post anteriores


¿Foto de los trabajadores esta sujeta a LOPD?

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Leo este informe de la AGPD sobre la siguiente consulta:

La consulta plantea si la inclusión de una fotografía en las tarjeta identificativas de los trabajadores resulta conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal.

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Los chinos quieren un Ley de Protección de Datos

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Fuente:http://spanish.china.org.cn/society/txt/2007-11/20/content_9259431.htm

Cerca de un 90 por ciento de los internautas chinos quieren un sistema legal que proteja la información personal de su difusión no autorizada, de acuerdo con una encuesta llevada a cabo por el diario “People’s Daily” y www. people.com.cn.

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Publicar listados de Maltratadores

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Leo la siguiente noticia:

La Agencia Vasca de Protección de Datos cree “ilegal” la lista de maltratadores de Barakaldo
No dudará en abrir un expediente si el Consistorio insiste en publicar las identidades en su web.

strong>La Agencia Vasca de Protección de Datos (AVPD) considera que la publicación de la identidad de los maltratadores en la página web de Barakaldo es “ilegal” y que de materializarse la pretensión del alcalde de Barakaldo -el socialista Tontxu Rodríguez- constituiría “una infracción muy grave” de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La complejidad de esta propuesta estriba en la diferencia existente entre la publicidad y la difusión de las sentencias judiciales. Según explicó Vicuña, las sentencias son públicas pero “eso no quiere decir que se puedan difundir”. De hecho, tanto la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Reglamento de Aspectos Accesorios del Consejo del Poder Judicial así como numerosos acuerdos del Poder Judicial mantienen que la difusión de las sentencias “no deben incluir ningún dato nominativo y así se viene haciendo desde hace un montón de años“. Esta postura coincide además con el Convenio 108 del Consejo de Europa y con la Directiva del área de Protección de Datos Personales. En opinión de Vicuña la jurisprudencia existente tiene su lógica ya que, independientemente del respeto que merecen las medidas para combatir la violencia de género “no se puede vulnerar los derechos fundamentales, incluidos los de los delincuentes“.

Por este motivo, de publicarse los nombres de los maltratadores se acabaría con el principio de reinserción del condenado. “Un juez no puede condenar a una persona a aparecer en Internet para su escarnio y los de sus herederos“.

Después de leer esta noticia, uno se posiciona rápido a favor o en contra, la violencia de genero es un tema muy complejo y sensible, y nada justifica el maltrato a una mujer, mi pregunta ahora es si la reinserción es posible? si una persona maltratadora es reincidente? que ocurriría de publicarse un listado?
Creo que deben tomarse otras medidas, de educación, de resprto, de concienciación antes de un listado


Entrevista con el ex director de la AGPD

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Buceando en internet y youtube me he encontrado una entrevista con D. Jose Luis Piñar, ex-director de la Agencia de Protección de Datos, se oye muy bajo.

A ver que os parece, es una entrevista muy general




Eurocopa 2008

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